José Gabriel Ramón Castillo en la inauguración del espacio "Aviso Ciudadano" en el emblemático Restaurante Versailles |
Sin embargo, matemáticamente hablando, esta auto provocada incapacidad política para producir las necesarias transformaciones democráticas es directamente proporcional a los deseos de cambio de las personas, necesidad basada en la precariedad de la vida, las trabas a la iniciativa privada, la falta de libertades y derechos y la permanencia en el poder de una gerontocracia resistente a cualquier cambio democrático; acuciantes problemas que los cubanos pueden resolver si pudieran ejercer libremente sus derechos humanos, especialmente el de la libertad de expresión y reunión pacificas proscritos constitucionalmente.
La idea fuerza de esa necesidad de cambio está esbozada en nuestro planteamiento de un plebiscito nacional sobre soberanía ciudadana expuesto en la interrogante de si se está o no de acuerdo en dejar o no sin efecto la Constitución actual, (reglamento del Partido Comunista) y establecer una asamblea constituyente, que dote a la nación de una Carta Magna democrática en la que se refrenden los derechos humanos reconocidos por la Declaración Universal de Derechos Humanos y los Pactos y Protocolos Internacionales de los Derechos Civiles y Políticos y Sociales, Económicos y Culturales de las Naciones Unidas.
En este plan plebiscitario están implícitas las leyes de la gravitación política universal por lo que como ejercicio democrático directo, basado en el derecho mundialmente reconocido del sufragio universal, está llamado a solucionar de manera inmediata e impostergable la problemática nacional.
No puede ser de otro modo cuanto la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos de la Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba plantea que: “La consulta popular y el referendo son dos instituciones constitucionales potestativas de la Asamblea Nacional (incisos (b) y (u) del artículo 75 de la Constitución de la República) bien definidos uno de otro. Mientras que la consulta popular consiste en someter al pueblo que opine y aporte ideas sobre un tema legislativo específico, reservándose la Asamblea la decisión definitiva sobre la norma en tramitación…”
Esta comisión expone también que “la Constitución de la República, conjunto de normas fundamentales que expresan la legítima voluntad del pueblo soberano de darse y sostener una determinada forma política, es la norma de mayor jerarquía en el ordenamiento jurídico de la nación, establece los órganos con competencia legislativa, regula el procedimiento legislativo y condiciona el contenido que han de tener las leyes, luego toda la función legislativa se le subordina y tiene que serle coherente, para su reforma exige la concurrencia de órganos y procedimientos más complejos que los regulados para modificar las leyes. De ahí el carácter supralegal que le asiste y la rigidez que le caracteriza. Luego toda norma que pretenda oponérsele expresa o tácitamente es inconstitucional e improcedente”.
Por cierto, esta comisión fue la que dictaminó improcedente el Proyecto Varela basada en que “no se adecúa a la Constitución de la República, a la cual contradice y se le opone abiertamente”.
Evidentemente, el poder de la sinergia, la fuerza que tiene que lograr la oposición cubana para alcanzar la necesaria capacidad de convocatoria en la sociedad, debe aprovecharse en proyectos pragmáticos y realistas. La experiencia indica que lo mejor es trabajar directamente en cómo dejar sin efecto este particular y especifico reglamento del Partido Comunista, hecho a la medida del grupito gobernante que desgobierna el país hace poco más de cinco décadas, y no malgastar recursos humanos, ni tiempo, ni dinero en reformar o consensuar con otras constituciones anteriores una constitución irreformable y blindada políticamente.
Los poderes públicos del Estado están secuestrados por ese grupito de octogenarios dirigentes comunistas, que han impuesto una entelequia constitucional en la que no se puede cambiar nada.
En resumidas palabras, este dialelo a lo cubano es la pescadilla que se muerde la cola: un círculo vicioso del que no puede salir nadie después que entra.
Cuando expuse la consulta soberanista que le denominé Plebiscito Nacional Cubano o Plebiscito Constitucional de Cuba, en diciembre de 2010 en el marco del seminario Cuba: Vísperas de Libertad, celebrado en la ciudad española de Valencia bajo el coauspicio de la Fundación Hispano Cubana y el gobierno de la Comunidad Valenciana dije que en la constitución cubana es letra muerta las palabras de nuestro apóstol José Martí: «Yo quiero que la ley primera de nuestra republica sea el culto libre de los cubanos a la dignidad plena del hombre» y que la solución a nuestras perentorias necesidades estriba en que la nación decida sus destinos a través del ejercicio directo de la democracia expuesto en este proyecto plebiscitario.
Hace poco más de un año la Plataforma Ciudadana por el Plebiscito Nacional Cubano convocó a las organizaciones y entidades civilistas, dentro y fuera de Cuba, a adherirse a la misma o adoptar este plan plebiscitario y el Programa de Empoderamiento Ciudadano para Cuba (Proyecto Ciudadano Cubano) pues es sumamente necesaria la unidad de los demócratas cubanos sobre la base de la diversidad y el autonomismo organizacional.
La oposición cubana no tiene otro camino que el del empoderamiento ciudadano y ser lo que tiene que ser: una estructura monolítica en la acción transformadora del componente político del sistema a fin de convertirse en la alternancia política al castrismo.
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